Ubicado en una zona estratégica de Vinaròs, frente al puerto pesquero y a escasos 400 metros de la playa, se encuentra este atractivo solar urbano de 309 m², ideal para proyectos de inversión inmobiliaria en una de las áreas con mayor proyección de revalorización de la ciudad.
El solar dispone de doble acceso por dos calles y cuenta con una orientación este-oeste que maximiza la luminosidad, facilitando el diseño de proyectos residenciales o turísticos altamente demandados en la zona. Su ubicación en segunda línea de mar asegura visibilidad, accesibilidad y un entorno de alto valor.
Gracias a su proximidad al centro urbano y a todos los servicios esenciales —supermercados, restauración, centro médico y comercios—, el terreno representa una inversión segura tanto para la promoción de viviendas de obra nueva como para un proyecto turístico de apartamentos o alojamientos.
El estado actual requiere reforma o adecuación urbanística, ofreciendo al inversor la posibilidad de diseñar un proyecto a medida en un enclave privilegiado de alta demanda, con gran potencial de rentabilidad a corto y medio plazo.
Información sobre gastos e impuestos
En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición del inmueble, que serán por cuenta de la parte compradora y que, de manera orientativa, son los siguientes:
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP):
Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Valenciana (con carácter general, el 10 %, sin perjuicio de los tipos reducidos o bonificaciones que pudieran resultar aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble).
El impuesto se devengará sobre el Valor de Referencia del Catastro o el precio de compraventa, el que resulte superior.
Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel Notarial.
- Gastos de Registro de la Propiedad:
La inscripción registral se facturará conforme al arancel oficial establecido en el Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles.
- Gastos de Gestión (Gestoría):
En caso de que el comprador opte por encargar la tramitación administrativa de la compraventa, incluyendo la liquidación de impuestos y la inscripción registral, los honorarios de gestoría serán libremente pactados con el profesional o entidad que preste dicho servicio, en función de las gestiones efectivamente realizadas.
- Honorarios de la Agencia Inmobiliaria del Vendedor:
Incluidos en el precio de venta.
- Honorarios de la Agencia Inmobiliaria del Comprador:
No se cobran.
Para una información completa y actualizada sobre el funcionamiento, tipos impositivos y posibles bonificaciones del ITP en la Comunidad Valenciana, puede consultarse el portal oficial de la Agencia Tributaria Valenciana:
👉 https://atv.gva.es/es/itpajd